Bajo el lema “Empoderar la inclusión: cerrar brechas para la justicia social”, este 2026 las Naciones Unidas invitan a reflexionar sobre las estructuras que reproducen desigualdades y limitan el ejercicio pleno de los derechos humanos. La justicia social puede analizarse a partir de tres ejes interrelacionados: la garantía efectiva de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (DESCA); el principio de igualdad y no discriminación en el empleo, y la redistribución equitativa de oportunidades y recursos. Estos elementos permiten orientar el desarrollo hacia la dignidad humana como referencia central. 

El crecimiento económico adquiere sentido social cuando se traduce en condiciones mínimas para una vida digna, con acceso efectivo a educación pública de calidad, salud integral y sistemas de protección social. Esta exigencia encuentra sustento en los artículos 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que reconoce el derecho a la seguridad social, y el diverso 23 que establece el derecho al trabajo en condiciones justas y satisfactorias. A su vez, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales obliga a los Estados a adoptar medidas progresivas para garantizar estos derechos sin discriminación. 

En este sentido, el aumento de la riqueza nacional —medido por el Producto Interno Bruto, es decir por el valor total de bienes y servicios que produce un país— solo adquiere legitimidad cuando fortalece estas garantías y mejora las condiciones de vida de la población. Sin embargo, en numerosos contextos el crecimiento ha coexistido con desigualdades; las brechas globales muestran la magnitud del desafío, por ejemplo, el Informe sobre la Desigualdad Global (World Inequality Lab, 2026) señala que el 10 % de la población mundial concentra el 75 % del patrimonio global y capta el 53 % de los ingresos totales. Esta concentración refleja una distribución desigual de recursos y oportunidades, que suele traducirse en mayor capacidad de influencia en decisiones públicas y económicas, lo que afecta el principio democrático de igualdad y restringe la participación efectiva de amplios sectores sociales. 

El ámbito laboral revela esta dimensión social del desarrollo; la igualdad y la no discriminación en el empleo resultan esenciales para una sociedad más equitativa. El derecho al trabajo comprende condiciones de dignidad, remuneración equitativa por trabajo de igual valor y libertad de asociación. 

La Organización Internacional del Trabajo (OIT, 2025) ha advertido que en América Latina la desocupación laboral juvenil alcanza el 12.5 %, casi tres veces la tasa de los adultos y que la informalidad afecta al 56 % de las personas jóvenes, frente al 42.8 % en la población adulta. Según la OIT se observa una caída sostenida en el grupo de jóvenes que no estudian ni trabajan remuneradamente. El acceso a un empleo digno sigue siendo un desafío relevante para la inclusión efectiva. En México más de la mitad de las personas jóvenes ocupadas, se desempeñan en condiciones de informalidad, lo que limita su acceso a seguridad social y estabilidad laboral (INEGI, 2025).  

Esta realidad no solo tiene implicaciones económicas, sino también democráticas. La precariedad laboral en la etapa inicial de la vida productiva condiciona trayectorias futuras, reduce la movilidad social y limita la posibilidad de ejercer derechos en igualdad de condiciones. Cuando una generación enfrenta inserciones laborales inestables y sin protección social, se debilita la cohesión intergeneracional y se amplían las brechas estructurales que la justicia social busca reducir. 

Cuando el crecimiento impulsa empleos con derechos, protección social y salarios suficientes, fortalece el tejido institucional y amplía las oportunidades de participación. El empleo digno cumple una función redistributiva y democrática, pues la igualdad en el acceso a oportunidades laborales reduce brechas en el ejercicio de derechos y amplía la presencia ciudadana en la vida pública. Por el contrario, las brechas salariales, la segregación ocupacional y la discriminación estructural debilitan la cohesión social y limitan el empoderamiento ciudadano. La igualdad sustantiva en el trabajo consolida la autonomía económica y sienta bases más equitativas para la convivencia democrática. 

La redistribución equitativa de oportunidades y recursos exige una asignación responsable del gasto público y una priorización efectiva de los grupos en situación de vulnerabilidad. Este enfoque reconoce la función social del trabajo y otorga valor tanto a la actividad productiva como a las tareas de cuidado no remuneradas bajo un criterio de corresponsabilidad. La equidad implica adoptar medidas diferenciadas que permitan alcanzar igualdad sustantiva y no solo formal.  

En México, la desigualdad adquiere también una dimensión territorial. Persisten contrastes significativos entre entidades federativas en generación de riqueza, infraestructura estratégica, inversión pública y acceso a servicios especializados. Estas diferencias revelan que el lugar de nacimiento influye en trayectorias educativas, laborales y sociales. La brecha territorial condiciona el acceso a justicia, salud especializada y oportunidades de desarrollo, lo que perpetúa exclusiones históricas y limita las posibilidades reales de desarrollo en condiciones de igualdad. 

En este sentido, el Día Mundial de la Justicia Social, proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas cada 20 de febrero, trasciende el carácter conmemorativo y nos lleva a evaluar si el desarrollo económico fortalece efectivamente los derechos sociales, si el empleo garantiza igualdad sustantiva y si la redistribución de oportunidades reduce brechas estructurales. Solo cuando la garantía de los DESCA, la igualdad en el trabajo y la equidad distributiva actúan de manera articulada, el desarrollo puede orientarse verdaderamente hacia la dignidad humana como referencia central. Sin equidad en el acceso a derechos, sin trabajo digno y sin cohesión territorial, el progreso pierde contenido democrático. 

* Profesor universitario y especialista en derechos humanos 

Ismael Eslava Pérez