“El ilusionista, a partir de la manipulación de la realidad,

construye una imagen de lo imposible…”

“…juega con la mente del público, haciéndole creer que la ilusión es real.”

En por lo menos los últimos dos meses, la ciudadanía ha escuchado, en los medios de comunicación y en las redes sociales, diversas posturas acerca de la sobrerrepresentación en la integración del Congreso de la Unión. Partidos Políticos (PP), intelectuales, exconsejeros del INE, funcionarios, comentaristas de medios de comunicación, académicos, entre otros, han expresado libremente su parecer sobre los resultados del ejercicio ciudadano en las urnas y sobre los procedimientos para la asignación de diputaciones y senadurías plurinominales. En cafés, fondas, parques y calles también se escuchan los debates sobre el tema, la ciudadanía está presente en la discusión.

Entre la baraúnda [1], se escucha un concierto de voces que se articula y construye un posicionamiento que cuestiona principalmente la implementación que desde 2009 y hasta 2021 se ha hecho del artículo 54 de la Constitución Mexicana y se exige al INE y al Tribunal Electoral Federal que se interprete dicho artículo desde otra perspectiva, la suya. La narrativa que se despliega se vincula con el deseo de que Morena y sus aliados (PT y PV) no obtengan la mayoría calificada en la cámara de diputados y no puedan modificar la Constitución.

Las voces que más resaltan en este concierto pertenecen a personas que han ejercido cargos de autoridad en el ámbito electoral o jurisdiccional, o bien, pertenecen a la academia, por lo que se presupone tienen un conocimiento amplio del tema, por ello me di a la tarea de analizar sus argumentos y compartirlo con los lectores. Elegí sólo a tres de ellos: Lorenzo Córdova (Exconsejero Presidente del INE), Héctor Aguilar Camín (Académico y periodista) y Claudia Zavala (Consejera del INE).

Lorenzo Córdova

El 20 de agosto de este año, en su videocolumna en Latinus, Lorenzo Córdova apremia al Consejo General del INE para que cumpla con su “responsabilidad de no crear una mayoría artificial”. Expresa que el INE está ante el dilema de hacer una interpretación gramatical a modo del artículo 54 constitucional, aplicando el límite de la sobrerrepresentación sólo a los partidos políticos en lo individual y no a las coaliciones, o bien, hacer una interpretación integral de este artículo aplicando dicho límite también a las coaliciones. Manifiesta que debe procurarse cumplir con el principio de máxima proporcionalidad posible, que a cada PP le corresponda el número de diputados lo más cercano al porcentaje de votación obtenido.

Héctor Aguilar Camín

El 16 de julio del año en curso, Aguilar Camín publica su artículo “La aritmética mágica de la sobrerrepresentación” (basado en un artículo de Ciro Murayama [2]) en el cual presenta afirmaciones relativas a la vinculación entre votos y curules obtenidos por cada PP, resumo sus datos en la tabla siguiente:

Partido

Votación (millones)

Diputados

Votos/ diputado

PAN

10

70

143,500

PRI

6.6

33

200,000

MC

6.5

23

282,000

PV

4.99

75

66,500

PT

3.25

50

65,000

Aguilar Camín cita a Ciro Murayama: “Un voto ciudadano por el PT valdría dos veces más que un voto por el PAN, tres veces más que uno por el PRI y cuatro veces más que uno por MC.” A partir de lo cual Aguilar Camín señala: “La sobrerrepresentación pretendida en las elecciones de este año no sólo es la más abusiva en sus números sino la más histórica en sus efectos. Si el gobierno se sale con la suya con estas aritméticas mágicas, tendrá mayoría calificada en el Congreso y se instalará en septiembre no un gobierno de mayoría hegemónica, sino un Congreso Constituyente de pensamiento único.”

Ambos narradores no exponen argumentos sustentados en la realidad jurídica, electoral o aritmética, y terminan por convertirse en ilusionistas, manipulan la realidad y construyen una ilusión para todos aquellos que desean escucharlos. Ellos saben, están conscientes que sus argumentos son falaces pero su objetivo es manipular la mente de las personas. La forma de desvanecer la ilusión es hacerse consciente de ella, es evidenciar el engaño.

Empecemos por la “aritmética mágica” de Aguilar Camín. La pretensión de que exista una proporcionalidad entre el porcentaje de votación obtenido por un PP y el porcentaje de curules que obtiene es adecuada en un sistema electoral de proporcionalidad pura [3]. Si un PP obtiene el 45 % de la votación tendría en ese sistema el 45 % de los curules que integren la cámara legislativa correspondiente o lo más cercano a ello. Sin embargo, nuestro sistema electoral ha sido por largo tiempo de mayoría relativa (MR) [4] y es hasta 1996 que se tiene un sistema mixto (mayoría relativa y representación proporcional). Actualmente se integra la Cámara de Diputados con 300 diputaciones de MR y 200 diputaciones de representación proporcional (RP). Es por ello por lo que los cálculos que presenta Aguilar Camín resulta inadecuado aplicarlos a la totalidad de las 500 diputaciones cuando únicamente 200 son de RP y las 300 restantes son de mayoría relativa. En la siguiente tabla se presentan los datos obtenidos del acuerdo [5] del INE, sólo para las diputaciones de RP siguiendo la lógica de Aguilar Camín y sin haber aplicado todavía los límites a la sobrerrepresentación establecidos en la Constitución.

Partido

Votación (millones)

Diputados

Votos/ diputado

PAN

10.04

36

279,073

PRI

6.62

24

275,926

MC

6.49

23

282,414

PV

4.99

18

277,349

PT

3.25

12

271,130

Morena

24.27

87

279,057

Como se puede observar en la última columna de la tabla, el número de votos por diputado es muy similar para todos los PP. La aritmética aplicada adecuadamente es un buen instrumento para desvanecer ilusiones falsas.

En la elección de diputaciones de MR, los candidatos registrados por los PP compiten entre sí en cada uno de los 300 distritos, gana la candidatura que más votos obtenga en cada distrito, la diferencia entre el ganador y el resto de los candidatos podría ser desde un voto hasta casi la totalidad de los votos. Por ello, es consustancial [6] a la elección por mayoría relativa una distorsión de la representación de los partidos con relación al porcentaje de la votación obtenida por cada PP respecto de la totalidad de los 300 distritos. Como lo señaló el Consejero Uuc Kib en la sesión del INE del 23 de agosto: “los distritos uninominales introducen sistemáticamente la sobrerrepresentación y esta es la característica central desde que México es México”.

Finalmente, la realidad del espacio disponible para este texto desvanece mi ilusión de compartir con el lector los argumentos para contrarrestar el ilusionismo de Lorenzo Córdova y de la Consejera Claudia Zavala sobre el artículo 54 Constitucional, quedará pendiente para un próximo escrito.

[1] Baraúnda: Confusión grande, con estrépito y notable desorden. (RAE)

[2] Ciro Murayama. El Financiero 12-06-2024.

[3] En el sistema de representación proporcional se asigna a cada partido tantos representantes como corresponda a la proporción de su fuerza electoral.

[4] Este sistema se organiza en distritos uninominales para elegir un representante popular en cada uno de ellos. Cada elector tiene un voto y el candidato que obtiene el mayor número de votos será el ganador.

[5] Acuerdo INE/CG2129/2024 aprobado en la sesión del 23 de agosto 2024

[6] Consustancial. Perteneciente a la propia naturaleza de alguien o algo e inseparable de ella (RAE)

Ana Isabel León Trueba