

Democracia real
Alcances de la reforma electoral
El pasado 2 de agosto 2025, la Presidencia de la República emitió la tarjeta informativa 34/2025 anunciando la creación de la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral, la cual tendrá por objetivo “la elaboración de un diagnóstico profundo del estado en el que se encuentra el modelo electoral y de partidos, y como segunda tarea, el confeccionar una reforma legislativa que esté acorde con los tiempos actuales en México, en donde se ponga en el centro la democracia y el pueblo”. Dos días después, el lunes 4 de agosto, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que la presidenta de la República Claudia Sheinbaum Pardo crea dicha Comisión.
La tarjeta informativa anuncia de forma contundente, en primer lugar, la elaboración de un diagnóstico profundo del modelo electoral y de partidos, y, en segundo lugar, una propuesta legislativa actualizada que ponga por centro la democracia y el pueblo.
En relación con el modelo electoral y de partidos, habría que precisar con todo detalle los aspectos que requieren ser analizados y valorados, a efecto de poder hacer un diagnóstico profundo.
Un modelo electoral no es otra cosa que “un conjunto de reglas y procedimientos que definen cómo se organizan, llevan a cabo y se resuelven las elecciones en un sistema político”. Es, por consiguiente, la definición de los aspectos procedimentales de la democracia representativa. El modelo debe incluir aspectos como los siguientes: quién tiene derecho a votar y bajo qué condiciones, la forma en que se emiten los votos, la división geográfica de las circunscripciones electorales, el porcentaje mínimo de votos emitidos para obtener una silla en el Congreso, los criterios para que los votos se conviertan en escaños.

De estos aspectos, sin duda el más importante en el debate actual es el de la forma en que el número de votos emitidos determina la distribución de los escaños. Hay tres modalidades para ello: la mayoritaria, en la que gana el que más votos obtiene en cada demarcación electoral; la proporcional, en la que la repartición responde al porcentaje de votos; y finalmente, la mixta que combina las dos modalidades anteriores.
Habría que señalar que existe diferencia entre modelo electoral y sistema electoral, por lo que será importante saber el alcance del decreto en esta materia. Este último es un concepto que incluye otros componentes además de los señalados.
En cuanto a lo referente al modelo de partidos, se entiende como el conjunto de normas bajo las cuales estos se constituyen, compiten en los procesos electorales y operan dentro de un sistema político.
De igual forma, será muy importante conocer el alcance del diagnóstico que habrá que realizarse sobre el modelo de partidos, ya que la “transición democrática mexicana” hizo posible sacudirse el poder que ejerció durante decenios un partido político hegemónico (Partido Revolucionario Institucional), y por ello permitir la alternancia partidista en el poder. Sin embargo, al paso del tiempo, esta apertura convirtió al sistema político mexicano en una partidocracia, distante de las necesidades de la población. En este sentido, habría que revisar la actual Ley General de Partidos Políticos, aprobada en el 2014, en la que se regula, entre otras cosas, los derechos y obligaciones de los partidos políticos, sus formas de financiamiento, la creación de coaliciones, su fiscalización, y sus prerrogativas y sanciones.
La segunda gran intencionalidad de la Comisión Presidencial para la Reforma Electoral es la de hacer “una propuesta legislativa actualizada que ponga por centro la democracia y el pueblo”. De nuevo, la consulta debe definir con claridad su alcance, ya que pareciera que el actual cuerpo normativo electoral no toma en cuenta elementos derivados de un concepto profundo de democracia que tome en cuenta al pueblo mexicano.
Deduzco que la contundente referencia a “la democracia y al pueblo” responde a que habría que superar a la confusión generalizada de que la democracia no va más allá de tener bien afinados unos procedimientos para elegir representantes populares. Por fortuna, tenemos señalada en el artículo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la idea de que el criterio que orientará la educación “Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”.
Vincular la democracia representativa con el mejoramiento de la vida de la población es el gran reto de la reforma electoral convocada por la presidenta de México. Es ampliamente conocido el desencanto con la democracia liberal y su componente de partidos políticos. Por más que se niegue, la democracia como la conocemos sólo interesa a los políticos de oficio, y no a la población en general. Necesitamos “salir de la caja”, esto es, tomar perspectiva, e imaginarnos nuevas formas de organizarnos como sociedad, para que la función de representación, cualquiera que sea su forma de elección, sea realmente significativa, y sea una expresión de la democracia real, esto es, la democracia participativa.
*Interesado en temas de construcción de ciudadanía.

Imagen: cortesía del autor

