Un nuevo marco legal para el agua: oportunidad y riesgos

 

La semana pasada se presentó ante el Congreso de la Unión una iniciativa largamente esperada: la expedición de la Ley General de Aguas y un conjunto de reformas a la Ley de Aguas Nacionales. Esta propuesta busca dar cumplimiento al mandato constitucional de 2012, que instruyó al legislativo a emitir una ley reglamentaria que garantizara el derecho humano al agua y al saneamiento. Han pasado trece años desde entonces. En ese lapso, la crisis hídrica del país se ha agravado: más de 100 acuíferos sobreexplotados, sequías recurrentes, conflictos sociales por el agua y servicios urbanos colapsados en numerosas ciudades. Por ello, la propuesta legal no es sólo un ejercicio normativo: es una oportunidad histórica para redefinir las reglas del juego.

La nueva Ley General de Aguas se plantea como reglamentaria de los artículos 4º y 27º constitucionales. Establece las bases para garantizar el acceso equitativo y sustentable al agua, desarrollando principios como disponibilidad, accesibilidad, calidad, asequibilidad y aceptabilidad, de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos. Define con mayor claridad las competencias entre Federación, estados y municipios, y propone instrumentos de planeación de largo plazo, como la Estrategia Nacional Hídrica con escenarios a 10, 20, 40 y 60 años. También reconoce el papel de los sistemas comunitarios de agua y promueve la participación social, la captación pluvial y soluciones basadas en la naturaleza.

En paralelo, la iniciativa propone reformas profundas a la Ley de Aguas Nacionales, enfocadas en la administración y control del recurso. Se establece que el Estado será el único responsable de regular y garantizar el uso del agua, eliminando la posibilidad de transferencias de concesiones entre particulares, fortaleciendo la revisión de prórrogas y modernizando el Registro Nacional del Agua para dotarlo de mayor certeza jurídica y transparencia. Se incorporan herramientas para combatir el acaparamiento —como el límite de la cuota de garantía a cinco años—, se crea un Fondo de Reserva de Aguas Nacionales y se tipifican delitos hídricos con penas de prisión para quienes extraigan o desvíen agua de manera ilegal o incurran en corrupción.

En conjunto, estos cambios dibujan un nuevo escenario: mayor rectoría estatal, mecanismos de planeación estratégica y un marco legal más robusto para vigilar y reasignar el recurso. Pero también abren preguntas fundamentales: ¿cómo se garantizará que la autoridad cuente con la capacidad institucional para ejercer estas nuevas atribuciones? ¿Qué mecanismos de vigilancia social y participación se activarán para evitar discrecionalidad? ¿Cómo se resolverán los conflictos derivados de concesiones históricas en zonas sobreexplotadas?

Esta iniciativa representa, sin duda, la transformación legal más trascendente en materia hídrica en más de tres décadas. Es un paso histórico para garantizar el acceso equitativo y sostenible al agua. Ahora corresponderá a la autoridad del agua realizar los ajustes internos necesarios para fortalecer su capacidad de vigilancia y control, especialmente en la supervisión de extracciones y descargas, donde hoy persisten rezagos estructurales. Solo con instituciones sólidas, transparentes y con capacidad técnica real será posible que este nuevo marco legal se traduzca en cambios efectivos en el territorio.

México está ante la oportunidad de definir las nuevas reglas del juego, poniendo en el centro el derecho humano al agua y la sostenibilidad de las fuentes. Pero esta oportunidad sólo se concretará si el debate legislativo es profundo, transparente y participativo; si se escuchan a comunidades, usuarios y especialistas; y si se acompaña de recursos, capacidades y voluntad política. De lo contrario, esta iniciativa corre el riesgo de sumarse a la larga lista de reformas que prometieron transformar y terminaron diluyéndose entre inercias institucionales y resistencias de poder.

*Profesor, consultor y gerente general de AQUATOR

Juan Carlos Valencia Vargas