

En tanto evidentemente impiden el derecho de las mujeres a decidir sobre sus propios cuerpos y en cambio obligan a quienes tienen embarazos no deseados a llevarlos a término, los artículos 115 al 120 del Código Penal para el Estado de Morelos van en contra de los derechos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en consecuencia, deben derogarse.
Así lo estableció un juez de distrito en concordancia con lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y emitió una sentencia que vincula a los diputados para derogar los artículos que criminalizan a las mujeres y a quienes las auxilian en la práctica de interrupción voluntaria del embarazo. Se trata de una sentencia que los diputados tendrían que acatar, no porque sea lo que dice un juez, sino porque los artículos de marras contravienen el espíritu garantista de la Constitución del país que ellos juraron guardar y hacer guardar junto con la particular del estado de Morelos y las leyes que de una y otra emanen. Así lo dijo cada uno de los legisladores al rendir protesta como diputados locales.
Cualquier otra discusión es ornamental. Así que esperar que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que aclare a los legisladores de Morelos que la sentencia del juicio de amparo directo 1638/2023 no es “lo que dice un juez”, sino la aplicación del criterio de la propia Corte en el sentido de que no puede haber leyes que criminalicen el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo para lo que se ha establecido, entre otras jurisprudencias, la impunibilidad del aborto voluntario en las primeras 12 o 13 semanas de gestación.
Porque, a diferencia de lo que aseguran, con cierta soberbia los diputados, la sentencia no limita su “derecho constitucional a votar conforme su conciencia les dicta”, en cambio los obliga a reconocer que tal derecho está limitado, y uno de esos límites es el ejercerlo en contradicción al espíritu de la Constitución de la república. Es decir, los diputados pueden votar conforme su razón les indique en prácticamente todos los temas, siempre que ese voto no lesione aquello que la Carta Magna protege como lo más valioso, los derechos y libertades de las mexicanas y mexicanos.
Las diputadas y diputados de Morelos, en tanto trabajan con leyes, están obligados a saber que, en este caso, sus posturas son poco relevantes por lo que el voto en contra del dictamen parta derogar los artículos del código que obligan a las mujeres de Morelos a llevar a término embarazos no deseados parece mucho más una práctica dilatoria que el ejercicio libre de la conciencia. Llama la atención, por cierto, que esa conciencia de los legisladores no ha sido pronunciada públicamente, es decir, quienes se oponen a despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo no lo han dicho públicamente, tampoco han expuesto argumentos en contra de forma abierta. A diferencia de la conciencia firme, pareciera tratarse entonces de posicionamientos vergonzantes.
Probablemente de todo ello derive que, además de pronunciamientos previos de la gobernadora, Margarita González Saravia, respecto a la posición del gobierno de no criminalizar a las mujeres por ejercer su derecho a decidir; la secretaria de las Mujeres, Clarisa Gómez Manrique, haya acudido hasta el propio Congreso del estado a recordarles a los diputados la postura del Ejecutivo estatal, y en términos más generales, de la izquierda, sobre el tema.

«Decidir sobre nuestros cuerpos es un derecho fundamental. Nadie debe ser forzada a llevar a término un embarazo no deseado, porque la maternidad debe ser un acto de amor, nunca un castigo», dijo la secretaria al respaldar a las colectivas y organizaciones ciudadanas que han impulsado iniciativas para el aborto seguro y amparos para obligar a los diputados a eliminar la criminalización.
Es un tema que no puede esperar más.

