Hertino Avilés Albavera*

La reforma constitucional de simplificación orgánica, publicada en el Diario Oficial el 20 de diciembre de 2024, busca armonizar el marco jurídico en materia de transparencia y datos personales, suprimiendo los nombramientos de los titulares de los órganos estatales de transparencia. Posteriormente, las leyes secundarias del 20 de marzo de 2025 consolidaron su implementación.

Uno de los pilares de la reforma es la armonización: no implica uniformidad absoluta, sino coordinación de objetivos y procesos nacionales dejando margen para soluciones locales. En Morelos se discute precisamente la transformación del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística (IMIPE), mediante la creación de un organismo descentralizado no sectorizado. Según la iniciativa, este nuevo ente dependería presupuestalmente del Congreso, aunque mantendría autonomía operativa; y, la designación de su titular mediante terna propuesta por el Ejecutivo. Ello cobra relevancia a partir de la revisión que se haría en materia de transparencia a los municipios.

Un organismo descentralizado no sectorizado es una entidad pública con personalidad jurídica independiente, sin adscripción a una secretaría, lo que le permite operar con flexibilidad técnica bajo supervisión legal. Con este modelo, se participaría en el Comité del Subsistema de Transparencia, sin invadir atribuciones resolutivas de las autoridades garantes.

La viabilidad jurídica de este diseño en Morelos se sustenta en dos disposiciones transitorias de la reforma: el segundo transitorio exige eliminar duplicidades, así como la integración de los órganos desconcentrados y descentralizados o unidades administrativas en las dependencias de la administración pública centralizada que puedan asumir su competencia; el cuarto transitorio otorga flexibilidad en la forma institucional local. Este planteamiento no vulnera la armonización, pues consiste en alinear principios, procesos y coordinación, no replicar estructuras idénticas. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), permite que los órganos garantes locales adopten configuraciones similares a la federal. Además, la propuesta responde al principio de austeridad al concentrar capacidades técnicas del IMIPE en una sola entidad y eliminar funciones redundantes, logrando menor gasto fijo y mayor eficacia institucional.

Cabe recordar que Morelos fue pionero en transparencia: su Ley de Información y Protección de Datos data de 2003. Hoy, en este contexto de reforma, se impone reorientar esa tradición hacia una entidad moderna y compatible con el nuevo diseño federal. La reforma constitucional de simplificación orgánica no conculca el diseño estatal, sino que delimita un marco nacional que admite adaptaciones estatales siempre que se respeten los fines y principios constitucionales.

Por ello, la propuesta formulada resulta viable constitucional y democráticamente.

*Doctor en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de Morelos; comisionado presidente del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística (IMIPE) y profesor universitario.

La Jornada Morelos