

Las parejas del mismo género y la discriminación normativa en la seguridad social
Gabriela Mendizábal Bermúdez y Antonio de Jesús Guevara Mendoza*
El Día Internacional contra la Homofobia, Transfobia y la Biofobia, se celebra cada 17 de mayo desde hace más de dos décadas. Este día fue proclamado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el año 2004, en conmemoración del día en que la homosexualidad se eliminó de la clasificación internacional de enfermedades mentales por la Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1990 (CNDH, Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Biofobia).
Según la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG), para el año 2021, en el país 5.1 % de la población de 15 años y más (5.0 millones, o una de cada 20 personas) declararon una orientación sexual o identidad de género LGBTI+.
Durante décadas, en el acceso a la seguridad social en México se han reproducido formas estructurales de discriminación hacia las parejas del mismo género. A pesar de los avances legislativos en el reconocimiento del matrimonio igualitario y la protección de los derechos humanos, las leyes que rigen al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) mantuvieron durante mucho tiempo una visión restrictiva y heteronormativa de la familia.
Esta exclusión normativa impedía que las parejas del mismo sexo pudieran ser reconocidas como beneficiarias en derechos fundamentales como atención médica, pensión por viudez, licencias de maternidad o paternidad, y acceso a guarderías. El problema no radicaba únicamente en la letra de la ley, sino también en su interpretación administrativa, que exigía comprobantes de matrimonio civil o de concubinato exclusivamente aplicados bajo la lógica heterosexual.

No fue sino hasta reformas recientes, como la del 20 de enero de 2023, que se incorporó explícitamente el derecho de las parejas del mismo género a acceder a la seguridad social en condiciones de igualdad. Esta reforma constituye un avance histórico, ya que al reconocer jurídicamente las uniones del mismo sexo en la normativa de ambos institutos (IMSS e ISSSTE), se fortalece el principio de no discriminación y se alinea el sistema mexicano con estándares internacionales de derechos humanos.
Sin embargo, aún persisten desafíos, por ejemplo, en Morelos la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos presenta disposiciones discriminatorias hacia las parejas del mismo sexo, particularmente en lo relativo a licencias de maternidad y paternidad. El artículo 55 B otorga a las mujeres embarazadas 90 días de descanso por maternidad, y 45 días en caso de adopción. Por otro lado, el artículo 55 D concede 15 días hábiles por paternidad, justificados como apoyo a la madre tras el parto o la adopción. Esta normativa parte de estereotipos de género que invisibilizan y excluyen a las parejas homosexuales, especialmente a las conformadas por hombres, al no reconocerlos como posibles cuidadores principales, ni otorgarles un acceso equitativo a las licencias por adopción. La diferencia de trato revela una visión tradicional de la familia y refuerza barreras jurídicas que impiden el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social en condiciones de igualdad para todas las personas, sin importar su orientación sexual.
Por tal motivo es necesario revisar y adecuar de manera integral las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, con el fin de garantizar que las prestaciones sociales sean plenamente aplicables y accesibles para todas las personas, sin que se haga distinción por su orientación sexual.
Este próximo 17 de mayo nos invita a reflexionar sobre la seguridad social, que debe concebirse como un derecho humano, sin importar la orientación sexual, y como una herramienta de justicia social que garantice protección y dignidad para todas las familias, en su diversidad, es decir: seguridad social para la vida.
*Profesora Investigadora de Tiempo Completo y Doctorante en Derecho y Globalización en la FDyCS de la UAEM.

