

Una legislación cooperativa para América Latina
Como parte de la estrategia de investigación del NODESS Morelos Solidario y Cooperativo una de las líneas que más ha llamado mi atención ha sido la de los esfuerzos encaminados en armonizar la legislación cooperativa a nivel de nuestra región latinoamericana. Sí, sé que algunos cuestionarán que este trabajo resulta más arduo dado que ni siquiera a nivel doméstico, es decir nacional, hemos logrado normativas actualizadas y oportunas para regular la creación y funcionamiento de las cooperativas. Sin embargo, en esta entrega me permito exponerles un poco sobre este tema y las labores que tímidamente se han emprendido.
Unificar y armonizar las leyes cooperativas más allá de las fronteras nacionales de los países de América Latina se hizo realidad en un primer esfuerzo en 1988 cuando la entonces Organización de las Cooperativas de América emprende el proyecto de una Ley Marco para las Cooperativas de nuestra región. Ciertamente, se trataba de un instrumento “no vinculante” como le llamamos en Derecho (soft law o derecho suave) ya que al ser una ley marco sirve de referencia, no obligada, a los países latinoamericanos para adecuar sus normativas internas siguiendo el modelo que contempla aspectos sustantivos y actualizados, o al menos es esa la intención.
Ciertamente, el instrumento comentado fue superado por los cambios sociales, políticos y económicos que avanzan con rapidez y consecuentemente 20 años más tarde, en 2008, la Alianza Cooperativa Internacional para las Américas (ACI-Américas) actualiza la ley Marco, mediante la emisión de un nuevo documento con el propósito de servir de orientación a los legisladores para modificar o actualizar sus respectivas leyes domésticas.
A partir de mis investigaciones, he podido detectar que, si bien la actual Ley Marco ha estado vigente durante 16 años, diversas legislaciones domésticas de los países de América Latina han superado algunas de sus propuestas legislativas; por consiguiente, esto justifica en cierta medida la necesidad de nuevos estudios comparados para un esfuerzo similar pero actualizado.
También estimo que la influencia de la ley en los andamiajes legales domésticos ha sido menor, muy al contrario de lo que sostienen algunos autores. Claro, algunos debatirán que al ser un instrumento no vinculante depende mucho de la voluntad de los legisladores nacionales el acoger o no sus propuestas; y si bien coincido con ellos en este último punto, no dejo de destacar que, por ejemplo, mucho se defiende la influencia de la Ley Marco en Uruguay con su Ley de Cooperativas N. 18407; no obstante, es notable que se hicieron agregados u omisiones necesarias por parte de los legisladores uruguayos; solo por mencionar algunos de relevancia sustantiva en el tema: en el concepto de cooperativa, definición y alcance de acto cooperativo, no se acogió en la ley uruguaya la naturaleza jurídica que la ACI, en su ley marco, le atribuye a la cooperativa; se abstiene, igual que la Ley Marco – de modo que no es una influencia apropiada – de aclarar lo referido al elemento lucro.

En ese sentido, consideramos que para el ejercicio de lege ferenda, que proponemos en este plano regional en materia de legislación cooperativa, resulta oportuno la convocatoria de expertos de los diferentes países de la región, y de hecho este trabajo no resulta, hoy en día, un desafío tan insorteable pues la literatura más calificada de la región, así como las comisiones de Derecho Cooperativo de algunos Colegios de Abogados y abogadas (verbigracia: Costa Rica, Argentina, Brasil), sumado a las comisiones jurídicas de los Centros Internacionales de investigación e información sobre la Economía Pública, Social y Cooperativa, conocidos por sus siglas CIRIEC (como el caso de CIRIEC-México) y de los proyectos NODESS como el nuestro, hacen más fácil la tarea de identificación de tales expertos por país y a su vez la convocatoria de los mismos.
- Coordinadora del NODES Morelos Solidario y Cooperativo. Investigadora Asociada C de Tiempo Completo del Centro Regional de Investigaciones Multidisciplinarias de la Universidad Nacional Autónoma de México (CRIM-UNAM). tatianag@crim.unam.mx

