

El proceso para solicitar refugio humanitario en México
Osvaldo David Ramos Álvarez[1]
El proceso para solicitar refugio humanitario en México
Hoy en Hablemos de migraciones buscamos acercar información clara y útil sobre los derechos de las personas en movilidad, especialmente en contextos donde la desinformación suele agravar la vulnerabilidad.
La palabra refugio remite a la idea de protección y amparo, pero en materia migratoria significa el reconocimiento de un derecho. En México, el refugio humanitario se sustenta en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en su artículo 1°, que obliga a todas las autoridades a promover y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales. También se vincula con el derecho al libre tránsito previsto en el artículo 11 y con los compromisos asumidos por el Estado mexicano al ratificar la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967.
Una persona refugiada es aquella que ha tenido que huir de su país por temor fundado de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a un grupo social u opiniones políticas, así como por violencia generalizada, conflictos armados o violaciones graves a los derechos humanos. Estas causas forman parte de la realidad regional. De acuerdo con datos del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), México se ha convertido en uno de los principales países receptores de solicitudes de asilo en el mundo. En 2023 se registraron más de 140 mil solicitudes y en 2024 cerca de 79 mil, concentradas principalmente en Chiapas, Tabasco y la Ciudad de México.

El trámite para solicitar refugio en México corresponde a la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR). La ley establece que la solicitud debe presentarse dentro de los primeros 30 días hábiles posteriores al ingreso al país. Si ese plazo se rebasa, la persona solicitante puede explicar las razones y la autoridad debe valorarlas. El procedimiento puede iniciarse directamente en las oficinas de COMAR o, si la persona se encuentra en una estación migratoria, a través del Instituto Nacional de Migración. Durante todo el proceso se garantiza el principio de no devolución, es decir, nadie puede ser regresado a su país mientras su solicitud esté en trámite.
Al iniciar la solicitud se llena un formulario en el que se explican las razones de la salida del país de origen y la imposibilidad de regresar. Se solicitan datos personales básicos y, de contar con ellos, documentos de identidad, aunque estos no son obligatorios. Si la persona viaja con su familia, debe incluirla en la solicitud. En todo momento se tiene derecho a asesoría jurídica gratuita y, en caso necesario, a un intérprete o traductor.
Una vez presentada la solicitud, la COMAR emite una constancia que acredita el inicio del procedimiento. Con este documento es posible tramitar la Clave Única de Registro de Población (CURP) y solicitar ante el Instituto Nacional de Migración una Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias, que permite trabajar legalmente mientras se espera la resolución. Posteriormente se realiza una entrevista individual en la que se profundiza sobre los motivos de la huida y los riesgos existentes en caso de retorno. Aunque pueden presentarse pruebas, la falta de documentos no impide el acceso al procedimiento.
Durante el trámite se garantizan derechos como la confidencialidad, la no discriminación y la gratuidad. En el caso de niñas, niños y adolescentes migrantes, la ley prohíbe su detención por motivos migratorios y obliga a priorizar su interés superior. Si la solicitud es aceptada, la persona obtiene la residencia permanente como refugiada; si es rechazada, existe el derecho a solicitar revisión e impugnar la decisión con acompañamiento legal.
En Hablemos de migraciones, recordar el paso a paso del refugio humanitario no es un ejercicio técnico, sino una forma de acercar derechos y de insistir en que la información clara sigue siendo una herramienta esencial de protección.
-
Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de Morelos. Invitado para esta entrega por el Dr. Wilfredo Abraham Alaniz Pérez ↑

