

(Segunda y última parte)
La materialidad de los derechos digitales se manifiesta cuando las personas pueden ejercerlos de manera efectiva en su vida diaria. Conforme se mencionó en la primera parte, la libertad de expresión se hace patente, en gran medida, a través de plataformas digitales, donde es posible difundir ideas, acceder a distintos puntos de vista y participar en debates públicos. El acceso a la información se concreta mediante portales oficiales, repositorios en línea o medios de comunicación que permiten a la ciudadanía mantenerse informada y exigir rendición de cuentas. Asimismo, derechos como la educación y la salud han encontrado en el espacio digital nuevas formas de garantía: la educación en línea y la telemedicina abren oportunidades que trascienden barreras geográficas y temporales; mientras que la participación democrática se amplía con herramientas de consulta ciudadana, peticiones electrónicas y trámites de gobierno por internet.
Estos ejemplos muestran que los derechos digitales no son ajenos a la vida social, sino que forman parte de la cotidianidad y constituyen una condición indispensable para el pleno desarrollo de las personas en la sociedad contemporánea. Ejercerlos no significa únicamente estar presente en internet, sino participar activamente con el uso de las tecnologías, interactuar con otras personas y aprovechar sus herramientas para informarse, expresarse y generar cambios de manera informada, crítica y segura. De este modo, se fortalece la idea de una ciudadanía digital que forma parte de los derechos humanos con nuevas formas de interacción y de construir democracia.
No obstante, el entorno digital también presenta riesgos que ponen en entredicho la seguridad e integridad de las personas. La privacidad de millones de usuarios se encuentra expuesta ante prácticas de vigilancia masiva, rastreo constante de datos y recolección indiscriminada de información personal por parte de gobiernos y corporaciones. La inseguridad digital se refleja en delitos como el robo de identidad y el fraude electrónico, por citar algunos, que generan afectaciones en la vida cotidiana. Según el «Análisis sobre Phishing en México 2025» de The Competitive Intelligence Unit (The CIU), más de 13.5 millones de mexicanos fueron víctimas de phishing en 2024, que incluso han sufrido un impacto económico. El phishing consiste en que los “ciberdelincuentes” se hacen pasar por instituciones confiables —como bancos o empresas— para engañar y obtener información sensible, ya sea contraseñas o accesos a cuentas bancarias.
Además, fenómenos como la desinformación, las noticias falsas y el discurso de odio se propagan con rapidez en redes sociales, lo que debilita el debate público y afecta la convivencia democrática. A ello se suma la creciente utilización de algoritmos y sistemas de inteligencia artificial que recopilan y procesan grandes volúmenes de datos, lo que puede derivar en prácticas de vigilancia, amplia manipulación de contenido o incluso discriminación digital al reproducir sesgos en sus decisiones.
Frente a esas amenazas, la protección de los datos personales adquiere un papel preponderante. En México, en el tema de obligaciones y derechos de las y los particulares, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares reconoce los llamados derechos ARCO —acceso, rectificación, cancelación y oposición— como mecanismos para que las personas ejerzan control sobre su información personal. Estos derechos permiten, por ejemplo: solicitar a una empresa el acceso y conocer qué datos posee sobre un usuario; ejercer la rectificación de información incorrecta o desactualizada; pedir la cancelación de datos cuando dejan de ser necesarios para la finalidad con que fueron recabados; u oponerse a su tratamiento en circunstancias específicas, como el uso con fines mercadotécnicos. A ello se suma el denominado derecho al olvido, que en términos generales constituye una propuesta relevante en el debate internacional. Este supuesto plantea la posibilidad de que la información personal irrelevante, inexacta o dañina no permanezca de manera indefinida en el entorno digital, con el fin de proteger la dignidad y la privacidad de las personas.

El fortalecimiento de los derechos ARCO resulta fundamental en un contexto donde las grandes plataformas tecnológicas concentran enormes bases de datos y ejercen una influencia determinante y decisiva en la vida social. Su efectividad depende no solo de la legislación, sino también de la capacidad institucional para vigilar su cumplimiento, del compromiso de las empresas privadas y de la conciencia ciudadana para hacerlos valer en la práctica. De este modo la privacidad y la autonomía personal pueden preservarse frente a los abusos que amenazan con convertir a las personas en objetos de explotación de datos, al mismo tiempo que se avanza hacia un entorno virtual más libre y seguro.
El espacio digital constituye una extensión natural de la esfera pública en materia de derechos humanos, donde se amplían las libertades, pero también se intensifican los riesgos. En México, la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de las Tecnologías de la Información en los Hogares (INEGI-ENDUTIH, 2025) estimó que somos 100.2 millones de personas usuarias de internet, lo que equivale al 83.1 % de la población de seis años y más en 2024. En ese contexto, el ejercicio de los derechos digitales exige un compromiso compartido: del Estado, mediante marcos regulatorios efectivos y políticas públicas incluyentes, transversales e integrales; de las empresas, a través de prácticas transparentes y responsables; de la sociedad civil y la academia, con una participación crítica. La ciudadanía digital no se construye únicamente con acceso a internet, sino con la garantía de que este sea un espacio democrático, inclusivo y seguro, donde la innovación tecnológica avance de la mano con la protección de la dignidad humana.
* Profesor universitario y especialista en derechos humanos

