

Poco se dice, pero una de las causas que contribuye a perpetuar los esquemas de violencia contra las mujeres es la serie de omisiones que ministerios públicos y juzgadores suelen cometer cuando reciben casos en los que se requiere aplicar la perspectiva de género en las tareas de investigación de hechos probablemente constitutivos de delito y en la valoración jurídica que de ellos se hace por los impartidores de justicia.
La cotidianeidad con que los juzgadores de Morelos omiten la perspectiva de género como metodología para identificar, cuestionar y valorar la desigualdad, exclusión y discriminación hacia las mujeres es espantosa en los casos de violencia contra la mujer y delitos de género, y más aún en otros procesos judiciales que podrían parecer de sencilla solución, como los cientos de asuntos de derecho familiar que los juzgadores resuelven todos los días lesionando los derechos de las madres que se convierten entonces en víctimas también de la violencia institucional.
Cientos de mujeres en el estado han sido víctimas de esta violencia, muchas de ellas revictimizadas en procesos en que han sufrido agresiones de todo tipo, y otras exclusivamente porque las instituciones de procuración e impartición de justicia se olvidó de que, su condición de mujeres las mantiene sujetas a estereotipos que provocan y mantienen las condiciones de desigualdad y desventaja ante la ley.
La perspectiva de género permite equilibrar la balanza de la justicia mediante la transformación de las prácticas de aplicación e interpretación de las leyes, desmontar estereotipos generadores de desigualdad, remediar situaciones en que se abusa del poder simbólico, reconocer las diferentes formas en que mujeres y hombres enfrentan problemas similares, y garantizar el acceso a la justicia; pero además, está en las leyes morelenses desde hace tiempo, por lo que resulta extraño que los casos en que las mujeres son afectadas por injusticias derivadas de decisiones tomadas sin perspectiva de género, se hayan ampliado en la medida en que se ha vivido en Morelos.
Entre la probable misoginia de algunos sectores judiciales y la ignorancia de la perspectiva de género en Morelos, el éxito que ha tenido la formación de una cultura de denuncia sobre los casos de violencia sexo genérica corre el grave riesgo de provocar una crisis aun mayor en un sector judicial que padece desde hace mucho el descrédito por sus decisiones contrarias a la justicia, los niveles de impunidad que permite, y la prácticamente nula autocrítica.

En Morelos se gesta una nueva crisis en las instituciones de justicia por las omisiones cotidianas en la aplicación de la metodología de perspectiva de género desde la investigación de los casos hasta su juicio; algo que ha multiplicado las mujeres víctimas en el estado.
Por eso es relevante la iniciativa de reforma al código penal de Morelos en que se propone tipificar el delito de omisión de perspectiva de género en la investigación y enjuiciamiento de cada proceso judicial, para el que se proponen penas de hasta seis años de prisión, además de las multas asociadas. La aprobación de la reforma, pero mucho más, su aplicación efectiva, podría estimular a los juzgadores a revisar cada una de sus actuaciones considerando las diferencias entre hombres y mujeres, además de las circunstancias diversas que ellas enfrentan y que regularmente las colocan en desventaja.
Parece que los juzgadores pasan por alto que Themis, esa figura que carga una balanza con la mano izquierda y una espada en la derecha y para los griegos era diosa de la ley, la justicia y la voluntad divina, tenía figura de mujer por algo.

