Aunque seguramente los grupos que impulsaron el acuerdo para la paridad en las elecciones de alcaldías en Morelos no estarán muy conformes con la reforma electoral que, publicada ayer por la tarde en el periódico oficial Tierra y Libertad entrará en vigor hoy; debe reconocerse que los cambios presentan un escenario mucho más favorable para las mujeres que cualquiera de las anteriores normas comiciales.

La reforma ordena que, a partir del 2027, cada elección reserve exclusivamente a mujeres 12 candidaturas a alcaldías (una de ellas para municipios indígenas) en un esquema que turna los 36 municipios del estado, de forma tal que, por lo menos cada tres trienios en cualquiera de los ayuntamientos se haya tenido una presidenta municipal.

Por supuesto que no es el esquema que querían las mujeres que impulsaron el Juicio para la Protección de los Derechos Electorales de la Ciudadanía, que llevó primero a una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Morelos y luego al acuerdo con el que el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana había reservado casi una veintena de alcaldías exclusivamente a candidaturas de mujeres para el próximo proceso electoral.

Aún así, la reforma legal tiene un alcance mucho mayor y sienta precedentes más sólidos que el acuerdo de la autoridad electoral, y plantea que, a partir del 2027, cada elección se reservará una tercera parte de las alcaldías a candidaturas de mujeres, alternando bloques de reserva de forma tal que cada nueve años todos los municipios de Morelos hayan sido administrados por una mujer al menos. La reserva no impide, por cierto, que algún partido o candidatura independiente de mujeres sea registrada para los ayuntamientos no reservados.

Es decir, en casos como Cuernavaca, Jiutepec y otros municipios a los que fue retirada la reserva que había impuesto el órgano electoral administrativo, las mujeres podrán postularse abanderadas por un partido político o por la vía independiente, en cualquiera de los procesos electorales, incluido el de 2027.

El Congreso de Morelos, por cierto, puede presumir no solo que cumplió con la sentencia del Tribunal Electoral local que lo vinculaba para establecer un mecanismo que garantizara la paridad; también puede decir que resolvió definitivamente el problema para los años por venir, si es que una nueva reforma electoral no modifica lo establecido por la publicada ayer.

Otro detalle que vale la pena resaltar en la reforma es la incorporación de un artículo 179 septies al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Morelos, en el que se establece que “la emisión de las bases normativas que diseñan el modelo de cumplimiento en la ley para garantizar el principio de paridad en el acceso al cargo de la titularidad de las presidencias municipales en ayuntamientos en el Estado de Morelos”, es facultad exclusiva del Congreso local, con lo que releva a la autoridad electoral de la posibilidad o responsabilidad de emitir lineamientos en esa materia.

Por muchos años, las legislaturas habían dejado al arbitrio del órgano electoral el diseño de lineamientos para el registro de candidaturas, lo que generaba conflictos frecuentes y judicialización de muchos procesos de registro de candidatas y candidatos. La nueva disposición permitirá que el órgano electoral administrativo se dedique a la organización y operación de las elecciones y deje el asunto de los reglamentos a los legisladores, que a final de cuentas, para eso están.

La Jornada Morelos