

Gabriela Mendizábal Bermúdez* y David Vázquez Marbán**
El 15 de febrero, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), se conmemora el Día Internacional de la Lucha contra el Cáncer Infantil, se trata de una red constituida por 177 organizaciones locales y nacionales de padres de niños con cáncer de 90 países en los 5 continentes, que trabajan con una campaña global para sensibilizar sobre esta enfermedad y apoyar a las y los niños, sobrevivientes y sus familias.
En ese día la OPS ha lanzado una nueva guía interactiva destinada a mejorar el diagnóstico precoz del cáncer infantil, una de las principales causas de mortalidad entre los niños y adolescentes de América Latina y el Caribe. Disponible en: https://iris.paho.org/handle/10665.2/64343
Y es que los datos son alarmantes, pues según la OPS cada año, se estima que alrededor de 30,000 niños, niñas y adolescentes en América Latina y el Caribe serán diagnosticados con cáncer, y casi 10,000 perderán la vida debido a la enfermedad. Mientras que en los países de ingresos altos de las Américas más del 80% de los niños con cáncer se curan, en el resto, el promedio de supervivencia es del 55%.
En México, el cáncer infantil representa un gran desafío, no solo para la salud de los menores, sino también para la estabilidad emocional, económica y laboral de sus padres, pues se trata de la primera causa de muerte por enfermedad en niños de 5-14 años y la sexta en niños menores de cinco, y representa casi 70% de la carga total de cáncer en estos grupos de edad.
Según datos del gobierno de México en 2023: En México existen aproximadamente 7 mil casos nuevos de Cáncer en la infancia y la adolescencia anualmente, más de la mitad (52%) serán leucemia (Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia | 01 de septiembre de 2023).

Para atender la problemática, el 4 de junio de 2019 entró en vigor el “Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley Federal del Trabajo”, mediante el cual las madres o padres trabajadores asegurados pueden ausentarse de sus labores para el cuidado de sus hijos diagnosticados con cáncer y además gozan de una licencia por cuidados médicos equivalente al 60 % del último salario diario de cotización registrado por el empleador, durante un periodo máximo de 364 días en 3 años, en licencias de 1 a 28 días.
El artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social estípula que los padres asegurados tienen derecho a solicitar licencias laborales en caso de que sus hijos requieran hospitalización o reposo médico durante los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización.
Este beneficio reduce el impacto económico en las familias y permite que un padre acompañe al menor en momentos críticos. Sin embargo, solo aplica a trabajadores asegurados, excluyendo a quienes laboran en la informalidad. Además, la falta de difusión impide que muchas familias conozcan sus derechos. A esto se suman los escándalos por el desabasto de medicamentos en instituciones de salud pública, poniendo en riesgo la salud de los menores.
Para solucionarlo, es necesario ampliar la cobertura de estas licencias a todos los padres, independientemente de su empleo. Además, se requiere mayor difusión sobre estos derechos y una estrategia eficiente para garantizar el tratamiento y suministro de medicamentos en hospitales públicos, asegurando así una atención digna y oportuna para todas y todos los niños.
*Profesora Investigadora de Tiempo Completo de la FDyCS de la UAEM.
**Doctorando del programa de Derecho y Globalización de la FDyCS de la UAEM.

