

Febrero 22 de 1962: Jorge Villafuerte Cuesy, ministerio público federal solicita al juez de distrito ejercitar acción penal en contra de Ángel Aragón García, Amador Cabrera Bautista, Juan Jaramillo Nava, Jesús Álvarez Martínez, José Solís Juárez y Gustavo Martínez Marín por los delitos de despojo y a ese último por los delitos de portación de armas prohibidas y contra la salud.
Los seis jaramillistas habían sido aprehendidos el 16 del mismo mes por soldados de la 24 zona militar bajo el mando del general Pascual Cornejo Brun quien informó al ministerio público haberles requisado 13 armas de fuego, cartuchos y cinco carrujos de mariguana cuando fueron desalojados de los predios de El Guarín y Michapa tomados por cientos de personas.
Por declaración del jaramillista Amador Cabrera Bautista se sabe que Gustavo Martínez Marín tenía la lista de las personas con derecho a terreno y que era representante de Jaramillo.
Entre las armas requisadas figuraban tres mosquetones calibre 7 mm, tres carabinas 30 – 30 y 56 cartuchos de diferentes calibres.
Tres meses después del desalojo de los llanos Rubén Jaramillo y su familia fueron arteramente masacrados.
Ochos meses después, continuaba el proceso penal contra los seis detenidos. Hasta entonces Gustavo Martínez Marín confesó que “por temor a que los coacusados le causaran algún daño, no había podido declarar… que se encontraba desempeñado una comisión (hacerse pasar como jaramillista para poder informar debidamente sus movimientos)… de agente secreto con el número 16 de la dirección General de Seguridad en el Estado… lo acredita con su credencial de identificación y placa respectiva… y una carta de comisión firmada por el Jefe de Agentes de la Dirección citada, capitán Gustavo Ortega Rojas.”

Diez meses después, el 22 de diciembre, el agente secreto salió libre bajo caución. Por esos días los cinco jaramillistas auténticos quedaron libres tras pagar fianza y luego de que la Secretaría de Gobernación solicitó al gobernador “vigilancia discreta por tres años”. Recuperaron su fianza cinco años después, el 26 de enero de 1967.
Nota: Fuente consultada: Expediente judicial. Casa de la Cultura Jurídica del Poder Judicial de la Federación.


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