

Miriam Rogel Álvarez[1]
¿Qué es ser víctima en un país como México, donde la violencia ha tocado a miles de familias y comunidades? En el lenguaje jurídico, la palabra “víctima” no solo alude a quien ha sufrido un daño, sino también a una persona con derechos: a la verdad, a la justicia, a la reparación y a la no repetición.
La Ley General de Víctimas define como víctima a toda persona que haya sufrido un daño o menoscabo en sus derechos como consecuencia de una violación a derechos humanos o de la comisión de un delito, incluyendo afectaciones físicas, emocionales, patrimoniales o a su dignidad. Esta definición se extiende también a sus familiares, en caso de fallecimiento o desaparición, reconociendo el daño colectivo y relacional que implica la violencia. Por su parte, la Ley de Víctimas del Estado de Morelos retoma esta definición y la amplía en el ámbito local, estableciendo mecanismos específicos para garantizar la protección, atención, ayuda, asistencia y reparación integral. Ambas leyes reconocen diversos tipos de víctimas, entre ellas: 1) Víctimas directas, quienes sufren de manera inmediata el hecho victimizante; 2) Víctimas indirectas, como familiares o personas a cargo que también son afectadas; 3) Víctimas potenciales, aquellas en riesgo inminente de sufrir un daño.
Estas categorías permiten comprender que el impacto de la violencia no es individual, sino social, familiar y estructural. Reconocer a las víctimas es también reconocer su derecho a ser escuchadas, a recibir acompañamiento, y a obtener una reparación que no se reduzca a lo económico, sino que integre medidas de atención médica, psicológica, educativa y de reconstrucción del proyecto de vida. En este marco, el 28 de marzo adquiere una relevancia histórica para Morelos. El 28 de marzo de 2011 se fundó el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad (MPJD), surgido del dolor y la digna rabia del poeta Javier Sicilia, tras el homicidio de su hijo. Este movimiento detonó una movilización social sin precedentes contra la violencia y logró influir directamente en la creación de la Ley General de Víctimas, visibilizando a quienes habían sido ignorados por el Estado.
En reconocimiento a esta lucha, y de conformidad con el artículo 70 de la Ley de Víctimas del Estado de Morelos, se instituyó el 28 de marzo como el Día de Conmemoración de las Víctimas del Estado, como una medida de satisfacción colectiva. Según el artículo 92 de dicha ley, esta medida tiene como propósito preservar la memoria histórica de las víctimas, garantizar la no repetición de los hechos y restituir la dignidad de quienes han sufrido violaciones a sus derechos. Es una forma de reparación simbólica, pero poderosa, que recuerda que la memoria es una herramienta de justicia y transformación. Así pues, conmemorar este día no es solo un acto simbólico, sino un compromiso con el presente y el futuro: con las víctimas que aún buscan justicia, con quienes aún viven con las secuelas del silencio y con una sociedad que exige no olvidar.
A resaltar parte del último párrafo: «En reconocimiento a esta lucha, y de conformidad con el artículo 70 de la Ley de Víctimas del Estado de Morelos, se instituyó el 28 de marzo como el Día de Conmemoración de las Víctimas del Estado, como una medida de satisfacción colectiva.»

Imágenes:

David Alfaro Siqueiros, Víctimas de la guerra (1945).
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Doctora en Derecho egresada de la UAEM. ↑

