

La supremacía de la ley y la impugnabilidad de las reformas…
En México, se refiere al principio y fundamento del Estado de Derecho, al que todas las personas, instituciones y autoridades están sujetas respecto de la Ley, la que deben respetar y cumplir. Este principio es estructura angular de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y garantiza la igualdad ante la ley, la justicia y la protección de los derechos humanos, e implica que todas las leyes y actos de autoridad deben estar en consonancia con la Constitución Política y sus principios fundamentales.
Todas las personas, incluyendo funcionarios públicos y autoridades, están sujetas a la ley y no deben estar por encima de ella, además de que Los Poderes del Estado, están limitados por la ley y deben actuar dentro de los límites que ella establece, los derechos humanos y las libertades fundamentales están protegidos y garantizados por esta.
En resumen, la Supremacía de la Ley en México es el fundamento del Estado de Derecho y garantiza la justicia, la igualdad y la protección de los derechos humanos para todas y todos los ciudadanos.
Pero lo que pasó los pasados días en las discusiones camerales, respecto al tema de reformar los artículos 107 y 105 de la Constitución Política, es en mi opinión más que darle certeza a la población y a la propia Constitución, es un mensaje de poderío político y aquello de que el poder se ejerce, hoy está más vivo que nunca.
La aplastante mayoría de Morena en el Poder Legislativo quedó de manifiesto y fue ejemplo para las demás fuerzas políticas del país para el futuro y subsistencia de una oposición responsable, vigorosa y que debe transformarse por el bien del sistema político de partidos y la propia democracia plena y su desarrollo en México.

Y es que el pleno del Senado de la República avaló el proyecto que reforma los artículos 105 y 107 de la Constitución Política, donde se establece como improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad, que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Carta Magna.
Pero el fondo del asunto no es la esencia de la Reforma misma, o sus alcances, si no el mensaje insisto de poder absoluto de la mayoría. Y es que para nadie es un secreto la pugna del Gobierno Federal con algunos ministros de la SCJN, magistrados y jueces del Poder Judicial, en las últimas fechas con la reforma al Poder Judicial.
La intención de quitar algunos privilegios y hasta valga la posibilidad de llamarles excesos, va en concordancia con los estipulados del nuevo poder en México y su política de austeridad y eso se los agradecen sus seguidores y aliados y hasta cierto punto es válido.
Pero trastocar la irrestricta independencia y autonomía de la división de poderes, y el Estado de Derecho, esa es otra cosa.
La imposibilidad de contar después de la Reforma con medios de control al poder reformador se vuelve muy peligroso, y en mi opinión gravísimo a la independencia de los Poderes de la Unión, al Estado de Derecho y a las libertades y protección de los derechos humanos de las ciudadanas y ciudadanos de este país.
La impugnabilidad de las reformas constitucionales es un tema relevante en el ámbito jurídico y político, ya que permite cuestionar y revisar cambios en la Constitución de un país, garantiza que las reformas no violen derechos fundamentales como la libertad de expresión y la igualdad ante la ley, limita el poder del Legislador y del Ejecutivo, evitando que se realicen cambios unilaterales que puedan perjudicar al país o a sectores específicos de la población.
Al permitir la revisión de las reformas, se asegura que los cambios sean coherentes con el ordenamiento jurídico existente y no generen inestabilidad política, y sobre todo social, en un entorno tan convulso.
Luego entonces, esta posibilidad jurídica debiera evitar a toda costa la manipulación política de quien ostenta el poder político y público, la impugnabilidad debe equilibrar la necesidad de estabilidad institucional con la necesidad de adaptación a cambios sociales y políticos, retos fundamentales para el entorno social de la actualidad.
Las decisiones imparciales sobre las reformas constitucionales debieran ser fundamentales para la cohesión social y el equilibrio jurídico del Estado Mexicano frente al pueblo.
La impugnabilidad de las reformas constitucionales debe ser esencia para garantizar, la protección de derechos fundamentales, controlar el poder y mantener la seguridad jurídica del país.
Quizá estamos enfrentando el reto de encontrar equilibrios políticos, sociales y jurídicos, frente al poder absoluto y la fuerza de sus determinaciones, el que pudiera pensarse como una sumisión de un poder, que debiera ser autónomo, libre y justo ante el poder absoluto del Ejecutivo, su concentración total de autoridad y control, en una sola persona o grupo sin límites ni restricciones políticas, sociales y peor aún jurídicas incluso, sin oposición ni separación de poderes.
Y aunque en mi opinión no sucederá, pudiera para los exquisitos fundamentalistas de la teoría, convertirse en una tiranía.
Veremos de qué manera esta reforma a la Constitución, le beneficia al pueblo en el cotidiano andar de sus intereses y sus necesidades.
*Padre de familia, político y soñador en busca siempre de un mejor Morelos para todos.

