

Los acordeones: ¿confianza y comunicación entre iguales o coerción?
“… la confianza es lo que cohesiona a una sociedad, … Sin confianza nada funciona… el contrato social se disuelve y la sociedad desaparece transformándose en individuos a la defensiva. (…) en los márgenes de un mundo que había llegado al límite de su capacidad para que los seres humanos convivieran… los individuos volvieron a unirse para encontrar nuevas formas de ser nosotros, el pueblo.”
Manuel Castells (2012)[1]
La elección del Poder Judicial provocó el surgimiento de sucesos inéditos en la historia reciente en nuestro país: una elección sin la intervención directa de partidos políticos, una oposición que llamó a no votar, una ciudadanía que por vez primera elige a integrantes de este poder del Estado, normatividad y procedimientos electorales distintos y formas de comunicación electoral novedosas. Todo ello en un contexto de crispación política.
En mis tres artículos anteriores reflexioné sobre los dilemas que enfrentó la ciudadania ante la realidad de la elección judicial. Agradezco los comentarios de algunos de mis lectores y lectoras, con gusto les dedico este texto para reflexionar al respecto. Estructuré el contenido de sus opiniones en las preguntas siguientes:
¿Cómo se estimó la votación con acordeón y sin acordeón?

En esta ocasión mi respuesta es básicamente técnica tratando de que la explicación sea clara y accesible para todo público. Empiezo por las definiciones necesarias:
Acordeón. – listado de candidaturas que se proponen al elector para votar por ellas.
“El acordeón”. – Es el listado que contiene todas las candidaturas que resultaron ganadoras en la elección correspondiente (SCJN, TDJ, TEPJF).
Votación con “El acordeón”. – Son todos los votos emitidos por electores que votaron por todas y cada una de las candidaturas listadas en “El acordeón” en la elección correspondiente.
Votación sin “El acordeón”. – Son todos los votos que no son votos con “El acordeón”, si un elector votó por una o más candidaturas que no estaban listadas en “El acordeón”, todos sus votos se consideran votos sin “El acordeón”, esto debido a que el elector tomó la decisión de votar de forma diferente a la que se indicaba en “El acordeón”.
El procedimiento para estimar la votación con “El acordeón” consistió en considerar en cada casilla la votación de cada una de las candidaturas listadas en “El acordeón” para la elección correspondiente. Considerando que siempre que una persona vota con “El acordeón” vota por todas y cada una de las candidaturas contenidas en éste, todas las candidaturas listadas en “El acordeón”, tendrán el mismo número de votos con acordeón. En consecuencia, el número de votos con “El acordeón” que obtendrán todas estas candidaturas en cada casilla, será el obtenido por la candidatura con menor número de votos.
Los votos sin acordeón de cada candidatura se calculan restando a la votación total obtenida por cada candidatura, la votación que obtuvo con “El acordeón”. Sumando la votación con “El acordeón” y sin éste de cada candidatura en las diferentes casillas se pueden obtener estas votaciones a nivel distrital, estatal, regional o nacional.
¿Cuál fue la incidencia de “El acordeón” en la elección del Poder Judicial?
La reflexión sobre esta pregunta la inicié en mi artículo anterior[2] respecto sólo de la elección de la SCJN y a solicitud de algunos de mis lectores profundizo en ésta y la amplío a las elecciones del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). En las tablas que presento sintetizo los datos principales de cada una de estas elecciones y comparto aquí las principales conclusiones producto de su revisión:
Las personas que votaron por todas las candidaturas listadas en “El acordeón” se estimaron: para la SCJN 2,380,226; para TDJ 3,528,296 y para la S-SUP 3,897,431; representando 23.8%, 35% y 37 % respectivamente, de poco más de 10 millones de electores participantes en cada elección. De estos datos concluyo que si bien es un hecho comprobado que las personas listadas en “El acordeón” ganaron los cargos en las 3 elecciones que analizamos, también es un hecho que un estimado de más de 5 millones de electores, al menos 50% del total, no votaron por ninguna de ellas y su votación se dispersó en el resto de las candidaturas.
¿Cuál fue la incidencia de la votación sin “El acordeón” en la elección del Poder Judicial?
La incidencia de las personas que votaron sin seguir “El acordeón” difiere de lo ocurrido en la elección de la SCJN respecto de las otras elecciones. En la primera el 76.2 % de los votantes definió por quienes votar sin seguir al pie de la letra “El acordeón” mientras que en las demás elecciones este porcentaje disminuyó. Un millón o poco más de electores que votaron sin “El acordeón” en la elección de la SCJN migraron a votar con “El acordeón” en las otras elecciones.
La mayor y más importante incidencia de los electores que votaron sin “El acordeón” fue la definición de quién ocuparía la Presidencia de la SCJN. Los votos con “El acordeón” otorgan un voto para cada candidatura, sólo el voto diferenciado de los electores que decidieron por quienes de los 9 votarían y por quienes no, determinaron la candidatura que ocuparía la presidencia.
Además, al revisar la votación sin “El acordeón” por candidatura, se observa que en el caso de la SCJN, los electores otorgaron más de 2 millones de votos a cada una de 4 candidaturas no listadas en “El acordeón”, que, de esta manera, 3 de las 4, sobrepasaron la votación con “El acordeón” obtenida por las 9 candidaturas. Sin embargo, el triunfo de éstas últimas se debió a la votación sin acordeón otorgada por los electores a estas candidaturas. Este fenómeno no se observa en las otras elecciones debido a que el porcentaje de votación con “El acordeón” es muy alto, desde casi 70 % hasta más del 90 % en algunos casos.
Los más de 2 millones de electores que decidieron votar siguiendo a pie juntillas el listado propuesto en “El acordeón”, muy posiblemente basaron su determinación en la confianza a la persona u organización portadora de “El acordeón”, quizas también en pocas o en muchas personas su decisión fue producto de la coerción, no lo sabremos nunca si no lo estudiamos a profundidad. Afirmarlo o negarlo sólo empaña el ambiente social.
El hecho es que de la mayoria de los 10 millones de personas que decidieron participar en la elección del Poder Judicial, aproximadamente 7 millones de personas se distanciaron en mayor o menor medida del listado propuesto en “El acordeón”, su acción no artículada incidió en dos aspectos fundamentales: su votación determinó la presidencia de la SCJN otorgándosela a una persona indígena mixteca y no menos importante mostró que la participación de la ciudadanía consciente y crítica es un camino a seguir.



-
Redes de indignación y esperanza. Alianza Editorial, pág.19 ↑
-
Se recomienda tener a la vista la tabla de la SCJN https://www.lajornadamorelos.mx/opinion/espacio-de-dialogo-15/ ↑

