El desplazamiento forzado interno es una problemática que afecta a millones de personas en todo el mundo. El Informe Global sobre Desplazamiento Interno 2025, elaborado por el Centro de Monitoreo de Desplazamientos Internos (IDMC) y el Instituto Global de Datos de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), revela que el número de personas desplazadas internas a nivel mundial alcanzó un nuevo máximo: 83.4 millones, más del doble que hace seis años. Actos de violencia, conflictos armados, desastres asociados a fenómenos naturales —muchos de ellos agravados por el cambio climático— y violaciones a los derechos humanos son, entre otros factores, las principales causas que obligan a las personas a abandonar sus hogares y comunidades.

En México se han presentado diversos casos de desplazamiento forzado interno desde la década de los noventa y, a partir de entonces, el número de personas desplazadas ha aumentado de manera dramática. El IDMC calcula que 390,250 personas permanecen en condición de desplazamiento interno, registradas entre 2006 y el 31 de diciembre de 2024. Los estados más afectados son Chiapas, Sinaloa, Michoacán, Chihuahua y Guerrero. Asimismo, el IDMC estima que durante 2024 ocurrieron 25,543 nuevos desplazamientos, derivados principalmente de la violencia criminal.

Este fenómeno masivo es de carácter crónico y tiene un impacto particularmente grave en pueblos indígenas, comunidades rurales, periodistas y personas defensoras de derechos humanos. El desplazamiento forzado genera una espiral de pobreza y vulnerabilidad difícil de revertir. Cuando no se atienden de manera adecuada las necesidades básicas, miles de personas quedan expuestas a un sufrimiento prolongado y a ciclos de desplazamiento que incluso se transmiten a nuevas generaciones.

El desplazamiento forzado interno es, a la vez, causa y consecuencia de crisis humanitarias más amplias. Cuando comunidades enteras se ven obligadas a huir, aumentan de manera drástica las necesidades de alimentación, refugio, atención médica y protección; al mismo tiempo, las zonas receptoras enfrentan una creciente presión sobre sus recursos. De este modo, el desplazamiento deja de ser un fenómeno temporal y se convierte en un rasgo estructural que exige respuestas humanitarias sostenidas.

Las personas desplazadas enfrentan riesgos diversos que varían según su lugar de residencia, identidad y tiempo en situación de desplazamiento. Comprender estas diferencias resulta indispensable para diseñar políticas públicas pertinentes y de largo plazo. Entre las necesidades más urgentes se encuentran la alimentación, la asistencia jurídica y el acceso a información sobre mecanismos de protección. Los hogares encabezados por mujeres y aquellos con integrantes con discapacidad presentan niveles especialmente altos de vulnerabilidad.

Hasta hace pocas décadas no existía un marco normativo internacional específico para la atención de las personas desplazadas internas. Fue hasta 1998 cuando la Comisión de Derechos Humanos de la ONU adoptó los “Principios Rectores de los Desplazamientos Internos”, que reconocen derechos básicos desde la prevención hasta la reparación. Aunque en el futuro podrían surgir tratados vinculantes, actualmente la protección de las personas desplazadas internas depende casi exclusivamente de los Estados nacionales y de sus marcos jurídicos internos. En México, si bien existe cierto reconocimiento oficial del problema, aún no se cuenta con una ley general ni con políticas integrales de atención, lo que deja a cientos de miles de personas en situación de vulnerabilidad. No obstante, algunos estados han aprobado leyes específicas: Chiapas (2012), Guerrero (2014), Michoacán (2020), Zacatecas (2022) y Oaxaca (2025).

En octubre de 2018, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó ante el Senado de la República un documento que contenía un esquema general de propuesta para servir de base a la elaboración de la iniciativa de Ley General de Desplazamiento Forzado Interno. Dicha propuesta contó con la opinión de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos de los Desplazados Internos y tuvo como antecedente el Informe Especial sobre Desplazamiento Forzado Interno en México de la CNDH, publicado originalmente en 2016. La iniciativa legislativa proponía reconocer a las personas desplazadas como víctimas de violaciones a derechos humanos y garantizar derechos como la no discriminación, la vivienda digna, la reunificación familiar y el acceso a la educación y a la salud.

Desde septiembre de 2020 existe un proyecto de Ley General para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno, aprobado por la Cámara de Diputados, pero detenido desde entonces en el Senado. La falta de aprobación de este marco jurídico refleja la ausencia de un reconocimiento pleno del problema y de los mecanismos necesarios para enfrentarlo.

La iniciativa contempla la creación de un Registro Nacional de Personas Desplazadas, un Programa Nacional para prevenir, atender y reparar a las víctimas, así como un Fondo Nacional para financiar la atención integral. Contar con recursos económicos suficientes es fundamental para garantizar la prevención, la asistencia humanitaria y la reparación integral de las personas en situación de desplazamiento interno, incluyendo atención médica especializada, apoyo escolar, oportunidades de empleo, medidas de seguridad y reposición de documentos, entre otros.

El desplazamiento forzado interno es un fenómeno silencioso, incremental y grave que debería figurar entre las prioridades urgentes del país. Ante la expansión del crimen organizado y las estrategias para combatirlo, es probable que el número de personas desplazadas continúe en aumento. El tema exige una reflexión interdisciplinaria, normas claras y políticas públicas sostenidas que permitan tanto reparar el daño como prevenir nuevos casos.

*Especialista en Derechos Humanos

Luis Raul González Pérez