La Jornada Morelos / DM

Con la publicación en el periódico oficial Tierra y Libertad del Acuerdo por el que se expide el programa de regularización del transporte público del estado de Morelos en materia de obligaciones fiscales, administrativas y de control vehicular, el Ejecutivo estatal advierte que “el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Movilidad, incluyendo la falta de regularización vehicular conforme al presente Programa y la omisión de los requisitos para la renovación de la concesión, será causal de caducidad o revocación de las concesiones y permisos”.

El programa de regularización parte del diagnóstico de la práctica inexistencia de un padrón vehicular operante, causada, más que por omisión deliberada de los operadores, “es resultado directo de una serie de inconvenientes de índole técnica y procedimental inherentes al complejo proceso de homologación y armonización entre los sistemas informáticos de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo Estatal y el Sistema de Control Vehicular operado por la Coordinación General de Movilidad y Transporte”.

La situación, asegura el Ejecutivo en su exposición de motivos, “obstaculizó el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la titularidad de las concesiones, tales como el pago de derechos por refrendo anual, la acreditación de la revista mecánica y la actualización documental ante el Registro Público de Transporte”.

El documento advierte que “como consecuencia del rezago administrativo y fiscal en el Padrón Único de Movilidad y Trasporte surge la vulneración al principio de seguridad jurídica, toda vez que, al no contar con los instrumentos públicos actualizados tales como el tarjetón, engomado o validación en sistema, las unidades operan bajo un riesgo latente de sanciones e incluso el inicio de procedimientos de revocación de concesión por causas no imputables a la persona titular, representado con ello un riesgo tangible para la seguridad pública y vial”.

Y añade: “Se suma a lo anterior que un padrón vehicular desactualizado y carente de registro fidedigno obstaculiza la trazabilidad de las unidades, dificultando la correcta aplicación de las normativas de seguridad y merma la capacidad del Estado para planificar y garantizar la calidad del servicio. Por ello, la regularización no es una opción; es un acto de responsabilidad gubernamental para restablecer el orden y la legalidad en un sector estratégico”.

El programa busca “la regularización del transporte público del Estado, por medio de diversos beneficios fiscales y facilidades administrativas destinadas a fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y administrativas por parte de los propietarios y poseedores de vehículos automotores afectos al servicio de transporte público en el estado de Morelos”.

Se intenta regularizar mediante estímulos fiscales un total de dos mil 863 unidades con un programa que atenderá rutas intermunicipales, urbanas, taxis, colectivos, y radiotaxis.

Se advierte que los beneficios fiscales estarán vigentes siempre que el pago respectivo se realice a más tardar el 30 de diciembre de 2025 en una sola exhibición, independientemente de que con fecha posterior se emita por autoridad competente el dictamen sobre la validación de la documentación presentada, sin que ello constituya incumplimiento a lo establecido en el artículo 84, fracciones I y V de la Ley.

También señala que el programa no exime a los concesionarios de infracciones o responsabilidades en la normativa de tránsito.

Las consecuencias de no acatar la regularización antes del 31 de diciembre incluyen la pérdida irrevocable de los beneficios fiscales, el cobro íntegro y ejecución por parte de la autoridad fiscal de forma inmediata u sin dilación; y consecuencias sobre la concesión por incumplir la regularización, para lo que establece: “el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Movilidad, incluyendo la falta de regularización vehicular conforme al presente Programa y la omisión de los requisitos para la renovación de la concesión, será causal de caducidad o revocación de las concesiones y permisos mediante el procedimiento administrativo procedente, sin perjuicio de la ejecución fiscal”.

La Jornada Morelos