
Hace más de un año la LVI Legislatura del Congreso de Morelos fue notificada de la sentencia de un juicio de amparo que la obliga a derogar la fracción 1 del artículo 115 y los artículos 116, 117 y 119 del Código Penal para el estado en los que se contiene la penalización del aborto voluntario que contraviene a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y violar los derechos de las mujeres.
No fue el primer aviso, había habido ya una serie de llamados al Congreso recibidos y desatendidos por quienes formaron la LV Legislatura que dejaron en la congeladora legislativa por lo menos una iniciativa para garantizar el aborto legal y seguro a las mujeres de Morelos.
Lo que ha evitado que se discuta y vote un dictamen, no para legalizar la interrupción voluntaria del embarazo -que significaría una obligación para que el Estado la proveyera-, sino para despenalizar el aborto, es decir no sancionar a las mujeres que deciden recurrir a la práctica, ni a quienes se la practican o facilitan; ha sido el de generar confusión alrededor del tema con lo que se ha postergado la determinación del Legislativo y con ello los derechos de las mujeres morelenses.
Primero se alegó, en diciembre, cuando vencía el plazo para que el Legislativo cayera en desacato, se aprobó consultar al juez para ver los alcances de la sentencia, pues, se aseguraba, no estaba claro si la obligación era para discutir o directamente derogar los artículos que penalizan el aborto.
La confusión parecía haberse atendido cuando el juzgado federal respondió a la Legislatura que estaba obligada a acatar la sentencia en sus términos, es decir, a despenalizar lo que viola la Constitución y lesiona el derecho de las mujeres en el estado. Vino entonces otra confusión que postergaría indefinidamente la discusión ¿Puede un juzgado federal ordenar cómo votar a los legisladores locales?
En un acto que desde fuera podría considerarse como de soberbia, los legisladores locales consideran ser absolutamente libres para votar conforme su conciencia se los indique cualquiera de los temas en la agenda legislativa, probablemente olvidando que la envestidura de legislador no es un instrumento que les permita actuar fuera de la ley, y mucho menos de la norma constitucional.

La sentencia obliga a despenalizar el aborto no por cuestiones que sean discutibles, sino porque se opone a la letra y el espíritu de la Constitución que los diputados de todo el país, incluido Morelos por supuesto, se comprometieron a cumplir y hacer cumplir el día que rindieron protesta como legisladores. No se trata de decir a las legisladoras y legisladores cuál debe ser su criterio en asuntos determinados, sino de obligarlos a acatar la letra de la Constitución y el juramento que hicieron para protegerla.
La nueva notificación del juzgado federal es aún más clara, al momento de analizar el dictamen para despenalizar el aborto, debe cumplir la sentencia de amparo pues solo así se restituirá a las asociaciones civiles que iniciaron el juicio de amparo, y en general a todas las mujeres de Morelos “el pleno goce del derecho violado”.
No había confusión, lo que se intentó fue la dilación.


