

Este viernes se publicó en el número 6453 del periódico oficial “Tierra y Libertad” la declaratoria por la que se derogó el artículo 23-D de la Constitución Política del estado, con lo que se extingue el Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos, y se transfieren sus atribuciones y patrimonio a la Secretaría de las Mujeres del estado.
De esa forma quedó oficialmente concluida la historia del organismo que se creó como organismo descentralizado del gobierno de Morelos el 14 de agosto del 2002 y al que se concedió autonomía el 16 de agosto del 2018 por otro decreto de reforma constitucional. El órgano nació con el objetivo de “defender los derechos de las mujeres, combatir la violencia contra ellas, promover la igualdad de oportunidades y ofrecer orientación integral”, aún con ello, los niveles de violencia contra las mujeres en el estado crecieron exponencialmente durante las últimas dos décadas.
En septiembre del 2024, el Congreso de Morelos aprobó la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública que dio forma al gabinete de la gobernadora, Margarita González Saravia, quien asumió el cargo el 1 de octubre. En la reforma se incluía la propuesta de la mandataria para crear la Secretaría de las Mujeres del gobierno estatal.
Aunque en un principio se suponía que no habría duplicidad de funciones entre la dependencia estatal y el órgano autónomo, en el ejercicio se fue evidenciando que no solamente se presentaban funciones traslapadas y duplicadas, sino también un problema de presupuestal dada la dependencia de recursos federales que se debían transferir a una sola instancia de políticas públicas orientada a las mujeres.
Al explicar la procedencia de la reforma constitucional, el texto aprobado por el Congreso y validado por 32 de los 36 cabildos de Morelos establece que la atención de la violencia contra las mujeres se ha atendido desde el principio del mandato de la gobernadora “a través de la Comisión Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Coevim), dependiente la Secretaría de Gobierno, área rectora en política libre de violencia, se fortalecen acciones integrales en materia de atención, prevención, sanción y erradicación; en coordinación y vinculación con secretarías, poderes del Estado, municipios y órganos autónomos”.
Y advierte que “el Poder Ejecutivo estatal ha asumido su responsabilidad de combatir la violencia contra las mujeres, sin tomar en cuenta el Instituto de la Mujer del Estado de Morelos, lo que demuestra una duplicidad de atribuciones, pero además que solamente la Coevim está realizando esa labor”.

Advierte también que “a nivel estatal nunca se emprendió un esfuerzo serio de armonización que le otorgara al Instituto de la Mujer del Estado de Morelos la titularidad exclusiva en la defensa de los derechos de las mujeres”.
Y recuerda que “además de la Secretaría de las Mujeres del Gobierno Federal, se crearon las de Guanajuato, Estado de México y Morelos, con el propósito de hacer directamente responsable de las políticas públicas en favor de las mujeres a los poderes ejecutivos, evitando que eludan su responsabilidad sobre ese tema”.
¿Cómo operará la extinción del Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos?
La declaratoria establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial Tierra y Libertad, es decir, este sábado dos de julio.
Con ello, conforme a la tercera disposición transitoria: “a partir de la entrada en vigor…. todas las atribuciones, funciones, recursos materiales, bienes muebles e inmuebles, así como el personal del Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos, se incorporarán a la Secretaría de las Mujeres, conforme a los lineamientos y disposiciones legales y administrativas aplicables” además de las que, en su caso emita el Ejecutivo.
También “los registros, padrones, plataformas y sistemas electrónicos del ente público que se extingue conforme al presente artículo transitorio pasarán a formar parte de la Secretaría de las Mujeres del Ejecutivo Estatal… conforme a los lineamientos y disposiciones legales y administrativas aplicables”.
En un plazo no mayor a sesenta días hábiles, a partir del lunes entrante, el Ejecutivo estatal deberá presentar la iniciativa de reforma correspondiente a la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado Libre y Soberano de Morelos, con el objeto de armonizar las disposiciones legales” en congruencia con la extinción del Instituto de la Mujer, señala la disposición cuarta.
Mientras se concreta la reforma legal y administrativa a la Administración Pública del estado “las funciones del Instituto de la Mujer serán ejercidas provisionalmente por la Secretaría de las Mujeres, la cual deberá garantizar la continuidad de los programas, políticas y servicios en favor de los derechos de las mujeres”, de acuerdo con la quinta disposición.
Se establece también que “los actos jurídicos emitidos o suscritos por el Instituto de la Mujer del Estado de Morelos con anterioridad a la entrada en vigor el presente Decreto que no se opongan al contenido de la presente reforma, surtirán todos sus efectos legales. Sin perjuicio del derecho de las partes a ratificarlos, modificarlos o rescindirlos posteriormente”.
Las disposiciones transitorias señalan además que la presidenta del Instituto de la Mujer, Isela Chávez Cardoso “concluirá en sus funciones, al momento de la entrada en vigor del presente decreto”; en cambio, “los derechos laborales de las personas trabajadoras del Instituto de la Mujer serán respetados en su totalidad, en términos de esta Constitución”.

