

El exgobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco Bravo fue sancionado con su inclusión en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en Razón de Género (RNPS), por haber impedido a la entonces diputada federal, Juanita Guerra Mena, el acceso al palco en el desfile por el aniversario del Rompimiento del Sitio de Cuautla, celebrado en esa ciudad en 2023.
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó que, al impedir el acceso a la hoy senadora a un acto al que había sido previamente invitada, el entonces gobernador incurrió en violencia política de género, por lo que determinó, dar vista del asunto al Congreso de Morelos y a la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura, dictar medidas de reparación integral, realizar la inscripción por un año y medio en el RNPS, y comunicar la sentencia a la Sala Superior.
El registro es un listado de personas que han sido sancionadas por cometer violencia política contra las mujeres debido a su género, y estar inscrito en él tiene consecuencias legales y sociales.
Se trata de un registro público que cualquiera puede consultar, hasta antes de la sentencia a Blanco Bravo, en el listado había 573 personas inscritas, hombres en su mayoría.
En el caso de Morelos el registro incluye a nueve hombres y una mujer; de ellos, cuatro son funcionarios o servidores públicos, uno es militante de partido, otro funcionario partidista, un ciudadano, dos directores de medios de comunicación y dos periodistas.
El registro sirve también para que las autoridades electorales conozcan quiénes han sido sancionados por violencia política de género y lo tomen en cuenta al momento de registrar candidaturas. Debe aclararse que el solo hecho de estar en el registro no implica automáticamente la pérdida del derecho a postularse para un cargo público, para que se niegue una candidatura, debe demostrarse que la persona no tiene un «modo honesto de vivir» basado en sentencias firmes relacionadas con violencia política de género.

Del total de registros actuales, en 522 no se analizó el “modo honesto de vivir” y en el caso de los 53 en los que se revisó esa variable, sólo doce no la cumplieron.
Pero además de la inscripción en el registro, la autoridad puede imponer sanciones económicas, amonestaciones públicas u otras medidas preventivas. En muchos casos se aplican multas o correcciones disciplinarias, lo que no se impuso en esta ocasión.
De hecho, si se revisa el propio registro, la sanción para Cuauhtémoc Blanco ha sido una de las más leves desde que éste se habilitó, al incluirlo solo por 18 meses. El tiempo que una persona permanece en el registro depende de la gravedad de la falta, una leve implica tres años en el registro, una falta ordinaria cuatro años, una especial cinco años y en caso de reincidencia hasta seis años; y en caso de que la persona sancionada sea funcionario público, candidato o está en medios de comunicación, el tiempo puede aumentar hasta en un tercio. Además, si la violencia se cometió contra mujeres en situación de vulnerabilidad, el tiempo puede aumentar hasta en la mitad.

