Relación Gobierno – Pueblos Indígenas: Fortalecimiento de SNI[1] o control político.

Segunda parte. El Consejo Consultivo del IPIAM[2]

 

“… la ausencia de ámbitos públicos en los cuales se exprese de manera franca la voluntad ciudadana hace emerger a la figura social de la intermediación. (…) (ésta) está condenada al fracaso si no implica -en cierto grado, al menos- una apertura a la participación de la base, la cual a su vez puede provocar la toma de conciencia y la acción colectiva.”[3]

Guillermo de la Peña (1998)

““Los pueblos tendrán voz en mi gobierno y vamos a ir de la mano todo el tiempo. Vamos a tener un Consejo de Pueblos para que los pasos que vayamos dando sea juntos, dándole un buen rumbo al gobierno, …” [4]

Margarita González Saravia (2024)

Reconocer, en los hechos, el derecho a la autodeterminación de los pueblos y comunidades indígenas y la vigencia de sus Sistemas Normativos Internos (SNI), caminar junto con ellos, coco a codo, mano a mano, como lo propone la Gobernadora Margarita, implica necesariamente la construcción de una nueva relación entre el gobierno y los pueblos indígenas, requiere transformar las formas de ver y pensar “lo indígena”, tomar conciencia del racismo y lo discriminatorio inherente a muchas prácticas burocráticas y por coherencia modificar estructuras organizativas y de funcionamiento del sistema burocrático, para establecer espacios de diálogo y de consenso en contextos de igualdad y de respeto.

Uno de los proyectos más relevantes propuestos por la gobernadora Margarita para atender a las poblaciones indígenas y afromexicanas y combatir la pobreza y las desigualdades que las aquejan, es la creación del IPIAM y su Consejo Consultivo.

En octubre del año pasado se publica el decreto[5] de creación del IPIAM, órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo Estatal. En terminos generales el Instituto tiene como finalidad “…garantizar el ejercicio y la implementación de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como su desarrollo integral y sostenible y el fortalecimiento de sus culturas e identidades”. Dentro de su estructura tiene un Consejo Consultivo que se integra con un representante de pueblos y comunidades, por municipio, “elegido conforme a su libre determinación” y un Consejo Técnico Interinstitucional conformado por las y los titulares del poder ejecutivo y de las diferentes secretarías. No está establecido ningún canal de comunicación formal entre ambos consejos.

Para sustentar la afirmación expuesta en el primer párrafo, comparto, con quien esto lee, reflexiones y experiencias vividas, en las dos semanas anteriores, al asistir a seis “asambleas comunitarias” para dar seguimiento al procedimiento seguido por el IPIAM para integrar el consejo consultivo. El procedimiento consistió en la emisión de una Convocatoria dirigida a todas las comunidades indígenas de un municipio para invitarlas a participar en la Asamblea Comunitaria para elegir a las autoridades que conformarán el Consejo Consultivo. Las autoridades que convocan son el IPIAM y el ayuntamiento correspondiente.

Este procedimiento tiene graves problemas, se utiliza el concepto “Asamblea Comunitaria” de forma confusa e inadecuada pues la actividad a la que se convoca no tiene las características de una asamblea comunitaria. Se olvida u omite que la Asamblea Comunitaria es la expresión máxima de la autonomía de los pueblos indígenas, es central a su organización y a la toma de decisiones dentro de sus comunidades. Es convocada por sus propias autoridades conforme a sus usos y costumbres.

El IPIAM vanaliza el significado de la asamblea comunitaria, al utilizar este concepto para nombrar una reunión convocada por el ayuntamiento y el IPIAM, a la que asistieron algunos ayudantes municipales, acompañados por pocas personas de sus comunidades. Esta reunión no forma parte de las instancias que toman decisiones en las comunidades, ni fue convocada como se convocan las asambleas comunitarias conforme a los usos y costumbres de cada comunidad.

El propósito central del IPIAM fue que en la reunión se eligieran el consejero propietario y el suplente que representaría al municipio en el Consejo Consultivo. Se presionó sutilmente a los asistentes para que aceptaran que se realizara la elección con las personas presentes. En todas las reuniones a las que asistí, en las que se hizo esta propuesta no fue aceptada por las autoridades comunitarias y personas que las acompañaban.

Las razones señaladas por los asistentes son sencillas y considero irrefutables: No se informó a las comunidades sobre el proceso electivo para integrar el Consejo Consultivo, la mayoría de la población no está enterada de la existencia del IPIAM y de su Consejo Consultivo, tampoco conocen que hace esta institución. Además, las autoridades comunitarias presentes en la reunión expresaron que deben informar a su comunidad, elegir en su asamblea comunitaria a dos personas y volver a reunirse para que cada comunidad presente a sus representantes y proceder a elegir, de entre éstos, a las dos personas que representaran a las comunidades indígenas del municipio.

En la mayoría de las reuniones donde estuve presente se propuso integrar un comité o consejo municipal con los dos representantes electos en las asambleas de cada comunidad, que sea la instancia que apoye a los dos representantes que se integrarían al consejo estatal, a la vez que sería el canal de comunicación directo con cada comunidad. Esto sustentado en el artículo 2º Constitucional.

El derecho de los pueblos y comunidades indígenas a determinar sus formas de organización es una manifestación concreta de su autonomía e implica su derecho a elegir a sus propias autoridades o representantes mediante la utilización de sus sistemas normativos internos.

Considero que el IPIAM tendría que dirigir sus estrategias y acciones a fortalecer el tejido comunitario y los SNI y establecer un diálogo sincero y fructífero con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. El Consejo Consultivo integrado democráticamente mediante los usos y costumbres de cada comunidad, será el mejor instrumento para hacer realidad este sueño que seguramente muchas personas compartimos.

*Académica y expresidenta del IMPEPAC (2014-2020)

  1. Sistemas Normativos Indígenas.
  2. Instituto de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas de Morelos
  3. Políticas sociales, intermediación y participación popular en Guadalajara. En: Estudios Demográficos y Urbanos, vol. 13, núm. 2, México: COLMEX. pp. 407-426.
  4. https://heraldodemexico.com.mx/elecciones/2024/5/5/candidata-margarita-gonzalez-saravia-anuncia-inversion-para-pueblos- indigenas-de-morelos-600330.html
  5. Consultarse en: http://marcojuridico.morelos.gob.mx/archivos/decretos_ejecutivo/pdf/DECINSTPCINDI24.pdf
Ana Isabel León Trueba